En nuestra sociedad, la creación de una empresa propia o un negocio familiar es una aspiración muy común. Estas aspiraciones al igual que muchas otras cosas que parecen de carácter sencillo o cotidiano se encuentran reguladas por leyes y tramites que no pueden ser dejados de lado.
Así debemos tomar en cuenta que el 12 de Junio de 2008, por medio de Decreto Legislativo Nº 641, se aprobaron las Reformas al Código de Comercio, en donde se estableció un plazo de dos años para adecuar los pactos sociales; pero considerando que muchas empresas, sobre todo pequeños y micros, no pudieron cumplir con esa obligación, se amplió el plazo para adecuar los pactos sociales, hasta el 31 de Mayo de 2011.
De acuerdo a las reformas mencionadas anteriormente, los Pactos Sociales de las Sociedades constituidas en años previos, deben ser adecuados si han sufrido modificaciones en los siguientes puntos, entre otros:
- En lo relacionado con el domicilio social, debiendo expresarse el municipio y departamento al que pertenece
- En lo relacionado al capital, podrán dividir sus participaciones sociales de capital en un dólar o múltiplos de uno.
- Adecuar el Régimen del Período y ejercicio de funciones de los Directores y Administradores de la Sociedad Anónima, hasta por 7 años máximo, de considerarse necesario.
- Adecuar la forma de celebrar las Sesiones de Junta Directiva, para incluir, si se desea, la sesión por video conferencia.
- Adecuar el Régimen de la Representación legal de las Sociedades Anónimas, a fin de introducir la figura del Representante Judicial, si así se desea.
- Adecuar el Régimen de Elección de los Directores o Administradores de una Sociedad Anónima, en el sentido de establecer que el nombramiento de nuevos administradores debe hacerse 6 meses después de vencido el período de funciones de los anteriores.
- Adecuar el plazo máximo de la liquidación de las sociedades, a 2 años, en aquellas sociedades que en sus Pactos Sociales aparezca, de manera expresa, que tienen un plazo que oscile entre 3 hasta 5 años para su liquidación.
En el caso de que se posea una sociedad cuyo pacto social haya sido modificada en cualquiera de estos y otros puntos, es necesario realizar la Escritura de Adecuación del mismo y llevarla a inscripción, con el fin de darle cumplimiento a la reforma vigente, todo antes del 31 de Mayo de 2011.
Para consultar los trámites pertinentes a su situación particular puede visitar el siguiente enlace:
https://aequitascl.wordpress.com/about/servicios-2/
AEQUITAS